Nueva ley de jubilación para quienes no cumplen con los años de aportes

Política
Hoy se hizo efectiva la nueva ley de moratoria que otorgará el beneficio a quienes ya tengan la edad requerida pero no cumplan con los años de aportes.



 

La nueva Ley de Moratoria 26.970, está dirigida a quienes ya tienen la edad para acceder a la jubilación (60 años en el caso de las mujeres y 65 en el caso de los hombres) o la cumplan en los dos años próximos de vigencia de la norma, permitirá regularizar los aportes por el período que va desde 1993 al 2003, con un plan de pagos de 60 cuotas, que serán descontadas del haber previsional.

La moratoria está dirigida a los trabajadores monotributistas o autónomos que, por su situación patrimonial o socioeconómica, no puedan acceder a otros regímenes de regularización vigentes. La diputada provincial, Amanda Díaz, quien ya estuvo encargada de la Unidad de Gestión Previsional, dijo en Radio Light al respecto que “Estos criterios son determinados por AFIP exclusivamente. Nosotros no podemos saber cuáles son esos parámetros. Lo que si sabemos es que se va a tomar el promedio de ingreso de los 12 últimos meses y, en el caso del matrimonio, cuando el cónyuge cobre un haber que supere el mínimo y el ingreso de bienes personales”. Por esto vale aclarar que la persona puede tener inmuebles a su nombre, un bien mueble y el ingreso de los últimos 12 meses no supere los 14.000 pesos.

Para solicitar turno y así iniciar el trámite,  hay dispuestas cuatro vías: a través de la web www.anses.gob.ar; enviando un mensaje de texto al número 26737 con la palabra MORATORIA, el número de DNI y especificando si el sexto es masculino o femenino con las letras M o F; comunicándose al 130 o acercándose a una de las oficinas de ANSES.

Una vez cumplido este trámite, el interesado será convocado a presentarse a alguna de las delegaciones de la ANSES, donde recibirá atención personalizada y gratuita.

Luego, el futuro titular de la jubilación deberá realizar el pago de la cuota inicial, que podrá hacerse en bancos y entidades habilitadas por la AFIP.

Finalmente, la persona será notificada si se le otorgó la jubilación a través de SMS, correo electrónico y un llamado telefónico.
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