Declararon inconstitucional el decreto de Macri que nombra jueces en comisión de la Corte

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El doctor Alejo Ramos Padilla, magistrado federal de Dolores, sostuvo que las designaciones de Rosenkrantz y Rosatti "en comisión" que hizo el Presidente son "inválidas".




 



 

El polémico decreto que firmó Mauricio Macri para designar "en comisión" a los juristas Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti en la Corte Suprema de Justicia fue declarado "inconstitucional" por el juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla.

Padilla, que integra la agrupación Justicia Legítima, renunció hace dos semanas como subrogante en el juzgado federal de Bahía Blanca porque la Corte había declarado inconstitucional la ley de subrogancias impulsada por el kirchnerismo.
Sobre la base de los propios fallos del máximo tribunal, Ramos Padilla invalidó las designaciones de ambos juristas y le pidió a la propia Corte que se abstenga de tomarles juramento, según consignó la agencia DyN.

Días atrás, Macri decidió firmar el decreto 83/15 para intentar cubrir las vacantes dejadas por Raúl Zaffaroni y Carlos Fayt en la Corte Suprema. Tras las fuertes reacciones negativas que generó en casi todo el arco político la polémica decisión, el jefe del Estado acordó con el presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, postergar las juras de Rosatti y Rosenkrantz hasta, en un principio, febrero próximo.

La idea del Gobierno es que en enero se avance con el mecanismo previsto por el decreto 222/03, que establece el procedimiento para el nombramiento de los jueces de la Corte, con la exposición de los antecedentes académicos de los candidatos y el período para revisión por parte de la sociedad civil. Ese proceso comenzó la semana pasada con la publicación de los currículums de Rosenkrantz y Rosatti en el Boletín Oficial y en solicitadas en medios de comunicación.

En una decisión que generó una fuerte reacción, Macri se amparó en el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional para avanzar con los nombramientos sin pasar por el Senado, ante la falta de la mayoría requerida para aprobar los nombramientos. Tampoco convocó a sesiones extraordinarias para iniciar el procedimiento, potestad que sólo tiene el Poder Ejecutivo.

 

Fuente: La Nación.-
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