Habilitación de natatorios y piscinas: requisitos y procedimiento en San Juan

Una vez reunida la documentación completa, los interesados deberán presentarse en la División Saneamiento del Medio, donde se verificará la validez de los documentos y se iniciará el expediente oficial.

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El Ministerio de Salud de la provincia informó que los propietarios de natatorios y piscinas deberán cumplir con una serie de requisitos para tramitar la habilitación oficial de sus establecimientos.

Una vez reunida la documentación completa, los interesados deberán presentarse en la División Saneamiento del Medio, donde se verificará la validez de los documentos y se iniciará el expediente oficial.

Documentación requerida:
Formulario de inscripción completo, disponible en la oficina de Saneamiento del Medio.
Certificado Final de Obra o Licencia de Uso emitida por la Dirección de Planeamiento y Desarrollo Urbano (DPDU).
Copia de la carátula del plano del local.
Certificado eléctrico otorgado por el municipio correspondiente.
Certificados médicos del personal y del responsable de la actividad.
Certificado de Control de Plagas vigente.
Contrato con servicio de emergencias médicas junto con la última factura.
Nota del profesional médico responsable, incluyendo nombre, matrícula y firma.
Declaración de medios de comunicación disponibles (teléfono y correo electrónico).
Nota detallando el destino final de los efluentes residuales.
Nómina de guardavidas habilitados con certificados de reválida actualizados para la temporada 2025-2026.
Requisitos adicionales:
Pago de un arancel de $20.000.

Inspección del establecimiento a cargo del personal del Ministerio de Salud. Si el natatorio cumple con las condiciones establecidas en el Código Sanitario de la Provincia de San Juan (Ley 67-Q), se otorgará el Certificado de Habilitación oficial.

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