Oficializaron los cambios en el monotributo: cuál es la fecha límite para recategorizarse

Las notificaciones de las resoluciones se enviarán al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles posteriores al cierre del período de cambio.

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El Gobierno, a través de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), implementó cambios en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) mediante la Resolución General 5637/2025.

El proceso de recategorización estará habilitado desde el 15 de enero hasta el 5 de febrero, y la actualización de categorías se realizará semestralmente en enero y julio, basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Las notificaciones de las resoluciones se enviarán al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los 10 días hábiles posteriores al cierre del período de cambio.

Las escalas se ajustaron considerando una inflación acumulada del 21,14 % en el segundo semestre de 2024. Por ejemplo, la categoría A abarcará ingresos brutos de hasta $7.813.530, con un impuesto mensual de $32.223, mientras que la categoría K incluirá ingresos de hasta $82.375.200, con impuestos de $1.050.386 para bienes y $456.800 para servicios.

El trámite será simplificado mediante un sistema informático que permitirá a los contribuyentes recategorizarse fácilmente a través de la web o la aplicación del organismo, utilizando los datos ya disponibles. Estos cambios buscan facilitar el cumplimiento tributario y adaptar el régimen al contexto inflacionario actual.

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