Un fuerte impacto sufrió al perder el control de su moto. ¿Había otra persona involucrada?
CONFIRMADO: vuelven los BOLICHES a San Juan
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Las discotecas volverán a abrir en la provincia.
El Gobierno de San Juan, a través del Comité COVID-19, comunica la implementación de nuevas medidas en el marco de la pandemia de coronavirus.
Apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº44 entrarán en vigencia a partir del 17 de septiembre. Independientemente de demás normas y protocolos vigentes se dispone específicamente que:
a) El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
b) Se habilitan las celebraciones de culto comunitarias, las actividades comerciales, deportivas, culturales y sociales de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.
c) Restoranes, cafés, discotecas, bares y salones de eventos o similares: 70% factor ocupación. Horarios autorizados de acuerdo a lo previsto por Ley Nº 687-P. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos debidamente aprobados.
d) Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.
e)Facúltase a los distintos ministerios y secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.
El Gobierno de San Juan, a través del Comité COVID-19, comunica la implementación de nuevas medidas en el marco de la pandemia de coronavirus.
Apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº44 entrarán en vigencia a partir del 17 de septiembre. Independientemente de demás normas y protocolos vigentes se dispone específicamente que:
a) El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.
b) Se habilitan las celebraciones de culto comunitarias, las actividades comerciales, deportivas, culturales y sociales de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.
c) Restoranes, cafés, discotecas, bares y salones de eventos o similares: 70% factor ocupación. Horarios autorizados de acuerdo a lo previsto por Ley Nº 687-P. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos debidamente aprobados.
d) Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.
e)Facúltase a los distintos ministerios y secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.
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