El robo tuvo lugar en una vivienda de Rawson, mientras nadie estaba. El malviviente quedó registrado por cámaras de seguridad.
San Juan confirmó el regreso al confinamiento
El Gobierno de San Juan emitió un comunicado advirtiendo que adhiere al decreto nacional en el que informa el confinamiento obligatorio.
La Provincia de San Juan adhiere por Ley de Necesidad y Urgencia N° 2228 P, en todas sus partes y para todo su territorio, al Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 2021-334-APN-PTE.
Los niveles de razón, incidencia y ocupación de camas críticas y no críticas son altos en toda la provincia, por lo cual se considera que la provincia de San Juan se encuentra, en su totalidad, comprendida articulo Nº 3 del Decreto Nacional: *"medidas aplicables a lugares en alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria entre el 22 de mayo y el 30 de mayo de 2021 y los días 5 y 6 de junio de 2021".*
En consecuencia, todas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales quedan suspendidas a partir de las 00:00 horas del sábado 22 de mayo, excepto las consideradas esenciales contempladas en el decreto referido.
*Se adjunta texto de Ley Provincial de Necesidad y Urgencia N° 2228 P*
LEY N° 2238-P
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Adhesión. Adhiérase la provincia de San Juan en todo su territorio, al DECNU N° 334-APN/2021.
ARTÍCULO 2°.- Carácter de la ley. La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3°.- Remisión. Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 4°.- Publicación. Publíquese en el Boletín Oficial. -
Sancionada por el Poder Ejecutivo el 21 del mes de mayo de dos mil veintiuno.
La Provincia de San Juan adhiere por Ley de Necesidad y Urgencia N° 2228 P, en todas sus partes y para todo su territorio, al Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional Nº 2021-334-APN-PTE.
Los niveles de razón, incidencia y ocupación de camas críticas y no críticas son altos en toda la provincia, por lo cual se considera que la provincia de San Juan se encuentra, en su totalidad, comprendida articulo Nº 3 del Decreto Nacional: *"medidas aplicables a lugares en alto riesgo epidemiológico y sanitario o en situación de alarma epidemiológica y sanitaria entre el 22 de mayo y el 30 de mayo de 2021 y los días 5 y 6 de junio de 2021".*
En consecuencia, todas las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales quedan suspendidas a partir de las 00:00 horas del sábado 22 de mayo, excepto las consideradas esenciales contempladas en el decreto referido.
*Se adjunta texto de Ley Provincial de Necesidad y Urgencia N° 2228 P*
LEY N° 2238-P
EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
ARTÍCULO 1°.- Adhesión. Adhiérase la provincia de San Juan en todo su territorio, al DECNU N° 334-APN/2021.
ARTÍCULO 2°.- Carácter de la ley. La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.
ARTÍCULO 3°.- Remisión. Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución de la Provincia.
ARTÍCULO 4°.- Publicación. Publíquese en el Boletín Oficial. -
Sancionada por el Poder Ejecutivo el 21 del mes de mayo de dos mil veintiuno.
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