Los bancos no podrán registrar como utilidades los cargos por seguros

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El Banco Central (BCRA) ratificó que las entidades financieras no podrán registrar retribuciones ni utilidades por los seguros que sus usuarios contraten con carácter accesorio a un servicio financier, dijo un comunicado del ente monetario difundido el día viernes. 




 

La normativa dispuesta por el BCRA apunta a dejar en claro que15 las entidades no podrán registrar retribuciones ni utilidades por los seguros que sus clientes contraten.

El Banco Central (BCRA) ratificó que las entidades financieras no podrán registrar retribuciones ni utilidades por los seguros que sus usuarios contraten con carácter accesorio a un servicio financiero, dijo un comunicado del ente monetario difundido esta tarde.

En este sentido, el texto indica que esto es así "independientemente de que se trate de una solicitud del usuario o de una condición establecida por la entidad para acceder al servicio financiero", por lo cual esos conceptos no podrán integrar los cargos que se les transfieran ni percibirse directa o indirectamente de la compañía de seguros.

La normativa dispuesta por el BCRA apunta a dejar en claro que, independientemente de que la contratación del seguro resulte una condición de las entidades o una opción del usuario, las entidades no podrán registrar retribuciones ni utilidades por los seguros que sus clientes contraten.

El objetivo de la norma establecida por el BCRA es abaratar el valor del seguro que pagan los usuarios, al impedir el traslado a los clientes del importe correspondiente a los conceptos accesorios del cargo por seguro de vida sobre saldo deudor, reduciendo de esa forma el costo de la financiación.

La contratación del seguro de vida sobre saldo deudor tiene por objeto evitar la desprotección a la que podrían exponerse los usuarios si optan por no contratar el seguro, dado que perderían la cobertura ante accidentes que pudieran generar invalidez o fallecimiento, quedando el saldo remanente de la financiación con posibilidad de ser reclamado a los herederos.

A la vez, evita un incremento en el índice de riesgo de crédito de las entidades ante la imposibilidad de cobrar aquellos créditos que fueron contratados sin seguro.

Las entidades financieras deben brindar a los usuarios toda la información necesaria vinculada con la contratación de estas prestaciones, conforme lo establecido en las normas de protección de los usuarios de servicios financieros, dijo el comunicado del BCRA.

Fuente: Télam
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