Caso Jairo Malla: anularon el fallo de la jueza que rechazó un juicio abreviado y la apartaron de la causa

El Tribunal de Impugnación declaró nula la resolución de la jueza Flavia Allende, quien había rechazado un acuerdo entre el Fiscal y la defensa de Vanesa Carrascosa, acusada de homicidio culposo agravado.

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La jueza Flavia Allende.
La jueza Flavia Allende.

Un revés judicial en un caso con gran repercusión social se dio a conocer este martes. El Tribunal de Impugnación, a cargo del juez Renato Darío Roca, resolvió anular la resolución dictada por la jueza de Garantías Flavia Allende y apartarla de la causa en la que se investiga la muerte del motociclista Jairo Malla, ocurrida en un siniestro fatal en febrero de 2024. La principal acusada en la causa es Vanesa Carrascosa Font.

La medida fue dispuesta luego de que tanto el Ministerio Público Fiscal (MPF) como la defensa apelaran una decisión de Allende del 4 de junio, en la que había declarado inadmisible un acuerdo de juicio abreviado alcanzado entre las partes.

La imputada, Vanesa Carrascosa Font, está acusada de homicidio culposo agravado por exceso de velocidad. Según los antecedentes, el siniestro ocurrió cuando conducía una camioneta a más de 98 km/h -superando en más de 30 km/h la velocidad máxima permitida- y embistió la motocicleta guiada por Malla, quien falleció en el acto.

El Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal Sebastián Gómez, y la defensa, a cargo del abogado Fernando Bueno de la Cruz, habían acordado una pena de 3 años de prisión condicional y 6 años de inhabilitación para conducir, dentro de los parámetros legales para el delito.

Sin embargo, la jueza Allende rechazó el acuerdo argumentando que debía resguardarse la igualdad de las partes, los derechos de la víctima y la “paz social”, al considerar que el hecho debía debatirse públicamente en un juicio oral.

El juez Renato Roca, al analizar las apelaciones, sostuvo que la resolución de Allende fue arbitraria, contradictoria y carente de fundamentación jurídica.

En su fallo, afirmó que la magistrada reconoció expresamente que se cumplían los requisitos legales del juicio abreviado, pero igualmente lo rechazó basándose en valoraciones “dogmáticas” ajenas a la ley.

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