Que pena pide la fiscalía para el autor de la amenaza a Lali

El fiscal interviniente Alejandro Mattar explicó que la pena se resolvió en el marco de un juicio abreviado, acordado con la defensa, considerando la figura penal y la situación personal del imputado.

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El doctor Juan Carlos Salem fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y a pagar una multa de $10.000 por el delito de tenencia ilegal de armas de fuego. Sin embargo, la Fiscalía de Estado presentó un recurso solicitando la revisión de la sentencia.

El fiscal interviniente Alejandro Mattar explicó que la pena se resolvió en el marco de un juicio abreviado, acordado con la defensa, considerando la figura penal y la situación personal del imputado. “Se tuvo en cuenta que Salem percibe la jubilación mínima y que su esposa atraviesa un problema de salud, por lo cual no correspondía imponer sanciones económicas de imposible cumplimiento”, señaló.

En relación a por qué no se exigió un resarcimiento como en otros casos de amenazas de bomba, la Fiscalía aclaró que, por política criminal, cuando se constata la presencia de un arma de fuego no es posible realizar acuerdos económicos.

Por su parte, la Fiscalía de Estado pretende que se aplique el artículo 41 quinquies del Código Penal, una figura agravada prevista para delitos vinculados al terrorismo, que contempla penas de 5 a 10 años de prisión. No obstante, los fiscales intervinientes consideraron que esa calificación no corresponde, ya que no se acreditó que las amenazas hubieran afectado la actividad del Estado nacional o de otro país.

Ahora será un tribunal superior el que deberá resolver si la condena se mantiene o si corresponde dictar una nueva sentencia.

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