Qué es el RIGI, la iniciativa de la Ley Bases que apoya Orrego: "El que vota en contra, está en contra de los sanjuaninos"

Se trata del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones propuesto en la ley Bases busca generar “seguridad jurídica”. El gobernador, Marcelo Orrego, lo destacó en rueda de prensa como uno de los ítems que favorecerían a San Juan.

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En la mañana de este martes, Diputados aprobaron en particular el capítulo del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). Este ítems de la Ley Bases fue dado como ejemplo por el gobernador sanjuanino, Marcelo Orrego, en relación a algunos de los aspectos de la normativa que favorecerá a San Juan. 

En este sentido, el RIGI establece beneficios para acelerar la toma de decisiones de inversión para proyectos de más de 200 millones de dólares.

El mandatario Orrego planteó que San Juan es una provincia "que del 75% que exportamos tiene que ver con el oro y cal, la minería es fundamental para nosotros e inexorablemente una política del estado". Por lo tanto, aseguró que el RIGI "es fundamental", entre otros puntos de la Ley Bases. 

Por otra parte, el Gobernador manifestó que "quien está en contra de eso, está en contra de los sanjuaninos".

Sin embargo, el Título 7 del RIGI tiene varios capítulos. El primero en ser aprobado fue el que dispone la “creación de ese régimen y el ámbito de aplicación”, con 134 votos positivos, 109 rechazos y seis abstenciones.

El capítulo 2 de "plazos y sujetos" recibió 136 afirmativos, 109 negativos y cinco abstenciones, mientras que el capítulo 3 sobre “Requisitos” cosechó 136 votos a favor, 110 rechazos y cinco abstenciones.

El capítulo cuarto sobre “incentivos tributarios y aduaneros” finalizó con 134 votos positivos, 11 negativos y cinco abstenciones, en tanto que el capítulo quinto sobre “incentivos cambiarios” totalizó 134 afirmativos, 107 negativos y cinco abstenciones.

El capítulo sexto sobre “Estabilidad” dejó 132 votos a favor, 11 en contra y cinco abstenciones, mientras que el capítulo séptimo sobre “Terminación” tuvo 136 votos positivos, 110 negativos y seis abstenciones.

El capítulo 8 sobre "Inversiones" recibió 136 apoyos, 110 rechazos y cuatro abstenciones, mientras el capítulo 9 sobre "autoridad de aplicación" tuvo votos 137 positivos, 110 negativos y cinco abstenciones. 

El siguiente capítulo sobre “Jurisdicción y arbitraje” plasmó un resultado de 135 votos a favor, 112 en contra y cuatro abstenciones, en tanto que el capítulo 10 tuvo 136 afirmativos, 11 negativos y cinco abstenciones, y el capítulo 12 recibió 136 apoyos, 111 rechazos y cinco abstenciones.

El RIGI fue concebido como un régimen especial para otorgar beneficios a inversiones mayores a los 200 millones de dólares para acelerar la toma de decisiones de inversión brindando un marco de seguridad jurídica.

Qué implica el RIGI

Con esto, el Gobierno nacional busca generar “seguridad jurídica” mediante incentivos en materia tributaria y fiscal para desembolsos que superen los u$s200 millones en diferentes sectores. Pero la polémica surge en que también se introdujo un artículo que dispone la invalidez de cualquier otra norma preexistente que sea contraria a los beneficios y exenciones que crea el RIGI.
 
Así lo explicita el artículo 162 de la ley de Bases, que establece que “sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho, nacional por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido en el presente Título, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia federal deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación”.

Quienes cuestionan la norma, explican que sería una posible vulneración de competencias provinciales y la violación de la división de poderes. Esto porque se habilitaría a la Justicia a modificar o no aplicar normas vigentes y sancionadas anteriormente.

Qué establece

El RIGI, entre otros puntos, establece beneficios fiscales que alcanzan a impuestos nacionales y provinciales. En efecto, el artículo 187 dispone que las importaciones para consumo de mercaderías o temporarias de las firmas adheridas al régimen estarán exentos de derechos de importación, el impuesto PAIS, tasa estadística (de jurisdicción nacional) y “de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales”.

Eso incluye desde tasas municipales hasta el impuesto inmobiliario o el cuestionado impuesto a los Ingresos Brutos, de recaudación provincial.

El RIGI, incluido en el texto del proyecto de la Ley Bases que el Gobierno envió al Congreso, establece diferentes beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios.

Entre ellos, contempla la exención de derechos de importación y tasa de estadística para el ingreso de bienes de capital, repuestos y componentes destinados a los nuevos proyectos.

Asimismo, les permite a los beneficiarios disponer libremente del 20% de las divisas generadas por sus exportaciones al cabo del primer año, del 40% al segundo año y del 100% a partir del tercero.

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