Modas siglo XXI: Decime cuál cuál cuál es tu nombre!!

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Sobre gustos no hay nada escrito. Eso queda claro, por ejemplo en la elección del nombre de un hijo. Y aunque las opciones son miles, variadas e ingeniosas, en la Argentina hay una lista con las permitidas. ¿Qué dice nuestra legislación al respecto?

Opciones. Y vos, ¿qué nombre le pondrías a tus hijos?

 

Tyron, Merlín Atahualpa, Rufina, Indiana, sólo por mencionar algunas, son opciones que las celebrities nacionales eligieron para su descendencia. Puede gustar o no, ser gracioso o hasta causar repulsión, pero lo concreto es que lo que opine la gente no repercute en los padres que eligen el nombre de sus pequeños.

Sin embargo, Argentina no es como Estados Unidos o Venezuela que permiten inventarse cualquier tipo de nombre, incluso aquellos que combinen el del padre y la madre. En nuestro país existe una legislación al respecto y que la regula el Registro Civil. En particular, la directora de ese organismo en San Juan, doctora Laura Romarión, confirmó que “en el territorio nacional, según la ley, no hay un listado taxativo de nombres que estén prohibidos, sino que existe un catálogo en el que el Oficial Público busca la opción que da el padre. Si lo encuentra como permitido inscribe al chico con ese nombre. Si no figura en la lista porque es nuevo o extraño, o porque es una castellanización de un nombre extranjero, trabajamos con el Instituto de Investigaciones Lingüísticas y Filológicas de la Facultad de Filosofía, donde hacen la investigación y si aprueban ese nombre se pone”.

Más allá de esta regulación, hay casos llamativos, que la conjugación de nombre y apellido resulta una carga para su portador. Armando Casas, por ejemplo. En este caso, el ciudadano puede cambiar su nombre cuando llega a la mayoría de edad, ya sea porque lo estigmatiza o es ridículo. Un menor con conciencia también puede pedir al Juez la autorización para cambiar su nombre, y si el Magistrado lo autoriza se hace. Pero en ningún caso ese cambio responderá a un capricho o mera cuestión de gustos, sino que es un trámite legal que debe hacerse ante el Juez que necesita de una fundamentación concreta para que el representante del Poder Judicial lo autorice.

“Uno puede cambiarse el nombre siempre que tenga un motivo valedero para eso, no es una cuestión de gustos. No es un trámite administrativo fácil, sino que tiene todo su procedimiento judicial, porque hay que acreditar un motivo ante el Juez. El cambio no es por una cuestión de gustos. Si el nombre es ridículo se puede hacer el trámite judicial para el cambio. Si el Juez autoriza, el interesado viene al Registro Civil con la nueva opción y nosotros hacemos el cambio”, confirmó la doctora Romarión.

Además, nuestra legislación no permite poner apellidos como nombres, ni cambiarlos. “Si un Juez autoriza el cambio de alguna letra de un apellido que el poseedor considera estigmatizante se hace también. Eso está a criterio del Juez, no del Registro Civil que sólo cumple una orden judicial. Pero en todos los casos hay que acreditar el perjuicio que sufre la persona que lo lleva”, aclaró la Directora del Registro Civil en San Juan para echar más luz sobre el tema. En el caso de niños que son reconocidos por sus padres a avanzada edad, los mismos pueden optar por conservar el apellido materno primero porque es como se los reconoce socialmente.

Sin dudas que el tema es vasto, como la lista con las opciones de nombres. “El ingenio es fabuloso, infinito. Nosotros como raro no salimos del Tiziano, del Xavier con X, de Yael, Thiago, por nombrar algunos que recuerdo ahora. Catriel, Nahir, eso es lo raro, como Ciro y hasta Ían”, finalizó Romarión.

Y vos, ¿qué nombre le pondrías a tus hijos?

 

Cambio de género y de nombre

En estas cuestiones nuevas habilitadas por la ley, lo que se cambia es la opción de Femenino o Masculino en el documento, o viceversa, pero no la identidad. “El ciudadano que opta por el cambio de identidad de género, lo que hace en el Registro Civil  es llenar un formulario, adjuntar la partida de nacimiento y la fotocopia de DNI. Lo único que se cambia es el nombre de pila y el sexo, queda el mismo DNI, la misma matrícula y el mismo apellido”, informó la titular del Registro Civil en San Juan al respecto.
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