Las imágenes quedaron registradas y se viralizaron en las últimas horas.
Irma Sánchez aguarda detenida en soledad y la fiscalía quiere acusarla de homicidio simple
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Mónica Lucero, la jueza del Tercer Juzgado Correccional, confirmó que Irma Sánchez (70) no fue visitada por ningún familiar durante su detención, el pasado fin de semana.
El jueves último Irma Sánchez condujo en contramano por la Avenida Circunvalación e impactó de frente a la moto que conducía Leslie, quien viajaba con su novio y aún está internado recuperándose de las heridas.
El caso se encamina a retomar el centro de un viejo debate judicial: aquel que intenta dejar de considerar algunas muertes en accidentes de tránsito como homicidios culposos, es decir como hechos en que el conductor no tiene intención de matar. Y que sean calificados como homicidios simples, con dolo directo (clara intención homicida) o dolo eventual, un concepto jurídico que lleva a entender, mediante pruebas, que el autor del delito se representó la posibilidad de que podía matar con su accionar imprudente y negligente, y aun así siguió adelante sin importarle ese resultado.
En cuanto a la pena un homicidio culposo es un delito excarcelable (tiene penas de entre 6 meses y 5 años). Y un crimen con dolo eventual tiene una escala de entre 8 y 25 años de castigo y no permite excarcelación, salvo casos puntuales.
La juez Lucero ya ordenó una evaluación neurológica completa a Sánchez (está internada). De esos estudios se desprenderá si la mujer es imputable, es decir si está orientada en tiempo y espacio, y si comprende cuándo un hecho es criminal. Lo contrario, implicaría desligarla por ser inimputable.
El jueves último Irma Sánchez condujo en contramano por la Avenida Circunvalación e impactó de frente a la moto que conducía Leslie, quien viajaba con su novio y aún está internado recuperándose de las heridas.
El caso se encamina a retomar el centro de un viejo debate judicial: aquel que intenta dejar de considerar algunas muertes en accidentes de tránsito como homicidios culposos, es decir como hechos en que el conductor no tiene intención de matar. Y que sean calificados como homicidios simples, con dolo directo (clara intención homicida) o dolo eventual, un concepto jurídico que lleva a entender, mediante pruebas, que el autor del delito se representó la posibilidad de que podía matar con su accionar imprudente y negligente, y aun así siguió adelante sin importarle ese resultado.
En cuanto a la pena un homicidio culposo es un delito excarcelable (tiene penas de entre 6 meses y 5 años). Y un crimen con dolo eventual tiene una escala de entre 8 y 25 años de castigo y no permite excarcelación, salvo casos puntuales.
La juez Lucero ya ordenó una evaluación neurológica completa a Sánchez (está internada). De esos estudios se desprenderá si la mujer es imputable, es decir si está orientada en tiempo y espacio, y si comprende cuándo un hecho es criminal. Lo contrario, implicaría desligarla por ser inimputable.
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