Desde el IPV informan que pueden QUITARLE la vivienda a familias que venden sus partes

San Juan
Captura de Pantalla 2023-09-17 a la(s) 22.19.48
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Una denuncia en redes, la semana pasada, despertó indignación en redes sociales. ¿Qué dijo el IPV al respecto?






Una denuncia en redes sociales hizo que cientos de usuarios montaran en cólera, al descubrir la venta de calefones solares y otros artefactos, correspondientes a viviendas del IPV que fueron recientemente entregadas.

Algunas publicaciones corresponden a los recientes barrios entregados en La Bebida, para personas que fueron damnificadas por el terremoto o bien habitaban en el asentamiento Evita, en la misma localidad.

Por otra parte, según manifestaron algunos lectores de este medio, también está ocurriendo con quienes habitan en el Barrio Las Pampas. Este barrio, fue entregado hace una semana y la relocalización de 788 familias quedó concluida. Asimismo, otras personas quedaron a la deriva en el asentamiento que se erradicó, algunos de los cuales aseguran que fueron censados, pero no recibieron su casa.

En ese contexto, la actitud de ventas de elementos como el mencionado y, además, hasta lavamanos, generó repudio. Ahora, pretenden que las autoridades salgan a controlar a los beneficiarios para evitarlo.

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Desde el IPV informaron que no se ha registrado una denuncia de manera formal en el organismo; de igual modo, se procederá con las investigaciones correspondientes. También indicaron que, desmantelar las viviendas es causal de revocación y aunque es un proceso largo, finalmente podrían perder sus viviendas.

ALGUNOS CAUSALES DE REVOCACIÓN: 

  • Haberse destinado la vivienda o el terreno a un uso distinto al que se tuvo en cuenta al asignarse.

  • Producir daños al inmueble por dolo o negligencia.

  • Negar o dificultar las inspecciones ordenadas por el Instituto.

  • Que los moradores mantengan una conducta contraria a la moral, a las buenas costumbres o violatorias de las leyes.

  • Que el adquiriente abandone el inmueble sin aviso o incurra en mora en el cumplimiento del pago de las cuotas.

  • Que arriende, sub-arriende o ceda total o parcialmente la vivienda, sin autorización e intervención del Instituto.

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