Nueva estrategia: ¿Los tenedores de bonos cobrarán en Argentina infinitum?

Economía
Cristina Fernández
Cristina Fernández
Ante el anuncio de la Presidenta Cristina Fernández por Cadena Nacional, sobre la posibilidad de cambiar la jurisdicción de los tenedores de bono para que cobren en Argentina, el Licenciado en Economía Eduardo Coria Lahoz brindó un análisis de los porqués y las posibles consecuencias que esto tendría.



 

“Cuando se producen las reestructuraciones en 2005, 2010, emitieron 165 tipos de bonos distintos con diferentes jurisdicciones, en EEUU, Japón, España. Cuando se reestructura queda solo EEUU, una pequeña parte de Europa y Argentina. Con el fallo de Griesa y la prohibición a los bancos norteamericanos de que paguen antes de arreglar con los tenedores que no habían arreglado, se produjo una zona gris en términos financieros. Argentina estaba depositando los fondos para pagar a una parte de los acreedores, pero ellos no podían cobrar”.

Hasta aquí, la historia conocida, pero con el detalle de que al cobrar en otras jurisdicciones, intervienen otras leyes. Para evitar estas situaciones (como la traba de Griesa a los bancos norteamericanos) Argentina intentará dar jurisdicción argentina a todos los bonistas.

Nuestro país quería pagar, pero Griesa no permitió que los tenedores de deuda italianos pudieran cobrar, por ejemplo.

“El cambio de jurisdicción estaría habilitando la posibilidad de cobro de todos aquellos tenedores que no están bajo la legislación norteamericana a quienes Argentina les quiere pagar pero por esta situación no pueden cobrar”, especificó Coria Lahoz.

Claramente, no es tema menor el cambio de jurisdicción, ¿por qué? Porque a partir del momento en que los tenedores de bonos acepten esta propuesta, no podrán volver atrás hasta el vencimiento de sus bonos (algunos vencen en el 2038). Esto implicaría gran confianza en que el país pagará, y saber que no se podrá recurrir a la justicia de otras jurisdicciones a reclamar.

Además, si llegado el caso el país no quisiera pagar, “todo su sistema jurídico se dispondría para no pagar”. O sea, hacer una demanda en un país deudor prácticamente es vano, porque ningún Juez dará la posibilidad de cobro.

Quienes iniciaron la deuda, son tenedores de deuda por bonos de 1.400 millones de dólares, pero los bonos que quedaron fuera del canje rondan los 7000 millones de dólares.

Estos acreedores que no entraron al canje, como sabemos, podrán dirigirse al Juez una vez se defina la situación de los bonistas del canje. “Parte de esos acreedores puede decir que entre no cobrar, o seguir así, prefiero recibir estos bonos, mañana los vendo en el mercado, cobraré el 80  o 70% pero ya recuperé”, explicó el economista.

“Hay todo un juego político detrás, del que tal vez algún día nos enteraremos de los pormenores. En el caso de Argentina el cambio de jurisdicción era una forma de zafar en esta trampa jurídica en la que había caído”, señaló, y agregó que no es la solución más “limpia” posible, porque se violó el contrato de emisión de deuda. Un solo tenedor que no quiera hacer el canje es suficiente para declarar default (cesación de pagos).

“El tema pasa por el éxito que pueda llegar a tener esa estrategia. Para los tenedores de deuda, si son una solución parcial, bueno miren: los intereses de acá a fin de año se los pagaré en cede local y a partir del 2015 como estábamos. Así aceptaría el 100%. Si usted cambia la cede de pago, implica cambiarla para todo el vencimiento de la deuda. Eso es un riesgo que no se si mucho estarán dispuestos a asumir”, concluyó Coria Lahoz.
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