Multa por no respetar el horario de "Protección al menor"

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La justicia obligará a pagar 23 mil pesos a un canal operado por Cablevisión por difundir películas "aptas para mayores" en el rango habilitado para niños y niñas.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal avaló la aplicación de una multa de más de 23 mil pesos que aplicó AFSCA.

La sanción es contra el Canal 3 de la localidad bonaerense de 9 de Julio, adquirido por Cablevisión en el contexto de su plan de absorción de operadores del interior del país, por difundir en horario de protección al menor películas como Juegos sexuales, Anaconda, The Door in the Floor, Sueños de un asesino, Gladiador y Closer, todas ellas calificadas por el INCAA como "apta para mayores" de 13 y 16 años de edad.

La multa fue aplicada al Canal 3 como operador de TV por cable, pero al momento del reclamo por la vía judicial, "se presentó Cablevisión SA e hizo saber que Canal 3, 9 de Julio SA se fusionó por absorción sin liquidación con Cablevisión SA el 24 de septiembre de 1998, transfiriéndole a ésta todos los pasivos y activos de aquélla, por lo que era imposible que tuviera deuda alguna por causas posteriores a su existencia como entidad jurídica".

AFSCA argumentó que "con el proceso de fusión no se eludían las sanciones de contenido económico que pudiesen haber quedado pendientes porque era requisito que la entidad absorbente asumiera la titularidad de los derechos y obligaciones de las compañías fusionadas produciéndose la transferencia total de sus respectivos patrimonios que era comprensivo no sólo de los créditos que la pudieran beneficiar sino también de las deudas derivadas de infracciones a normas legales o reglamentarias de la fusionada".
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