Fue a la casa de su expareja, se llevó a su hijo sin permiso y lo condenaron a prisión efectiva

Alfredo Sarmiento Domínguez recibió una pena unificada de un año y un mes de cárcel. Tenía una restricción de acercamiento dictada apenas un día antes del hecho en Rivadavia.
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La Justicia sanjuanina condenó a Alfredo Alejandro Sarmiento Domínguez a cumplir una pena de prisión de cumplimiento efectivo tras hallarlo culpable del delito de desobediencia a una orden judicial. El hombre fue juzgado mediante un juicio abreviado luego de haber violado de manera flagrante una medida cautelar de restricción de acercamiento que le prohibía aproximarse o generar actos de molestia hacia su expareja.

El hecho que motivó la detención ocurrió el pasado 23 de junio, alrededor de las 15 horas, en un domicilio de la localidad de La Bebida, en el departamento Rivadavia. En momentos en que la damnificada se encontraba realizando tareas domésticas en el patio trasero, el acusado se presentó en el lugar. Aprovechando un descuido, Sarmiento Domínguez interceptó a su hijo menor de edad en el frente de la propiedad y se lo llevó caminando por la vía pública sin ningún tipo de autorización, gritándole a la madre de lejos: "Ya venimos, llevo al niño". La situación provocó momentos de extrema angustia y preocupación en la mujer, quien por varios minutos desconoció el paradero del menor.

Poco después, el implicado regresó a la vivienda con el niño y con un televisor de 43 pulgadas que pretendía ingresar. Ante los reclamos de su expareja, quien le recordó la vigencia de la orden judicial, el imputado contestó con un desafiante "No me importa, no va a pasar nada" y se negó a retirarse. La víctima aprovechó el paso de un patrullero por la zona para pedir auxilio. Los efectivos policiales constataron que sobre el hombre pesaba una prohibición de acercamiento por seis meses dictada apenas el 22 de junio —un día antes del incidente— y procedieron a su inmediata aprehensión.

La causa fue coordinada por el fiscal Francisco Micheltorena y la ayudante fiscal Liliam Mari. Durante la audiencia de homologación del acuerdo entre la Fiscalía y la defensa, se estableció para Sarmiento Domínguez una pena de un mes de prisión por este último episodio. Sin embargo, al unificarse con una sentencia condenatoria previa que arrastraba el imputado, la escala penal definitiva se fijó en un año y un mes de prisión de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario, manteniéndose además la medida de prisión preventiva.

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