Cuáles son los principales beneficios del RIGI, el régimen con el que el Gobierno busca atraer grandes inversiones

El capítulo fue aprobado en el Senado con 38 votos a favor contra 32 en contra.

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El gobierno nacional logró la aprobación de uno de los capítulos más polémicos de la Ley Bases: la creación del Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI), un caballito de batalla del presidente Javier Milei. La votación en lo general fue de 38 votos a favor contra 32 en contra. El oficialismo contó con el apoyo de los peronistas Guillermo Andrada (Catamarca); Carolina Moisés (Jujuy) y Sandra Mendoza (Tucumán).

El RIGI tan criticado por los opositores es un componente de la Ley Bases pensado para atraer grandes capitales extranjeros. Es un esquema de flexibilización impositiva, aduanera y cambiaria que busca incentivar que las compañías inviertan más de US$ 200.000.000 en la Argentina con una estabilidad fiscal a 30 años.

En términos concretos, los proyectos acogidos al RIGI pueden recibir exenciones o reducciones impositivas y facilidades administrativas para la aprobación y puesta en marcha de proyectos.

En ese sentido, el artículo 164 establece que los objetivos del RIGI son incentivar las “grandes inversiones” nacionales y extranjeras en la Argentina a fin de garantizar la prosperidad del país, “promover el desarrollo económico, fortalecer la competitividad de los diversos sectores”, “incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior comprendidas en las actividades desarrolladas en el RIGI”.

Asimismo, establece que el RIGI será de aplicación en todo el territorio nacional, estará sujeto a las normas municipales y provinciales, por lo que el texto del proyecto de ley sostiene que “sin perjuicio del ejercicio legítimo de las jurisdicciones y competencias locales, cualquier norma o vía de hecho por la que se limite, restrinja, vulnere, obstaculice o desvirtúe lo establecido por parte de Nación como las provincias, y por sus municipios y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que hubieran adherido al RIGI, será nula de nulidad absoluta e insanable y la Justicia competente deberá, en forma inmediata, impedir su aplicación”.

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