Ya se puede circular SIN RTO en las calles de San Juan: ¿qué dijeron los talleres habilitados?

WhatsApp Image 2023-12-21 at 1.15.
WhatsApp Image 2023-12-21 at 1.15.
Así se estableció con el nuevo DNU aplicado por el presidente Javier Milei. Además, también asegura la libre circulación sin seguro. 








Con el DNU anunciado en cadena nacional por Javier Milei, se derogaron numerosas leyes y se aplicaron modificaciones o actualizaciones a otras. En ese sentido, una de las que repercutió es la que tiene que ver con la documentación que se exigirá obligatoriamente para conducir un vehículo en todo el territorio nacional.

En el decreto, Milei leyó: "Libertad de circulación: Se establece que la cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor".

Al respecto, ese punto sostiene que “las autoridades provinciales no podrán establecer otros requisitos”, por lo que le quita facultades a cualquier normativa de tránsito provincial u ordenanza municipal que contradiga la norma nacional.

Dentro de lo escueto de las precisiones sobre los documentos obligatorios, no figuran la RTO y la póliza de seguro que, hasta ayer a las 23:59, eran obligatorias en todo el país. Por lo que surge la pregunta, ¿ya no son obligatorios? En ese sentido, el DNU es por demás claro y contundente: la oblea que certifique haber aprobado la RTO y la póliza de seguro dejan de ser obligatorias para los conductores, por lo que la circulación sin estos requisitos ya no constituye una falta.

Además, en cuanto a los papeles obligatorios -cédula de identificación, licencia de conducir y comprobante de pago de patente- se establece que “será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”.

Aún resta la aprobación -o no- del DNU en el Congreso de la Nación. No obstante, hasta tanto no se trate en las dos cámaras, al ya estar publicado, el DNU y todas sus modificaciones se encuentra vigente. Por lo que, hasta nuevo aviso, estos cambios referidos a la documentación obligatoria para circular en vehículo se mantienen.

¿Qué opinan las empresas en San Juan? 






Las empresas dedicadas a la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en San Juan se encuentran en vilo ante la reciente noticia del DNU de desregulación económica. Una de las responsables de una de estas empresas compartió su sorpresa al respecto, señalando que hasta el momento "no tienen la letra chica de lo que verdaderamente significa el DNU". Aunque han escuchado versiones sobre posibles cambios, la información oficial aún no ha sido proporcionada, y están a la espera de una reunión con las autoridades de tránsito para obtener claridad sobre la situación.

A pesar de la incertidumbre que rodea el futuro de la RTO, la empresa aseguró que continúan brindando servicios de manera normal mientras aguardan más información. En medio de la preocupación por el impacto que podrían tener los cambios en el sector, la encargada expresó su deseo de que "haya algún amparo para proteger las fuentes de trabajo". La espera por detalles específicos sobre cómo se desarrollarán los cambios en el ámbito de la RTO genera ansiedad y la esperanza de medidas que salvaguarden el empleo en el sector.






En detalle, los cambios sobre el Registro de Propiedad del Automotor y la documentación necesaria para circular:

- Libertad de circulación. La cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles y obligatorios para circular con un automotor (ya no lo son el seguro automotor y la RTO).

- Descentralización. Ya no será obligatorio realizar los trámites ante los Registros Seccionales. Se habilita la posibilidad de hacerlo de manera directa ante la Dirección Nacional, o bien de manera remota.

- Simplificación. Quedan reducidos significativamente los trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio. Entre otras cosas, ya no es necesario presentar el título de propiedad de forma física.

- Digitalización. Se establece que todos los trámites se realicen de manera digital, también la expedición de cédulas de identificación.
Lo más visto