El empleado de una estación de servicio ubicada en la Ciudad de Buenos Aires quiso hacerle una broma a un hombre que le pidió permiso para entrar al baño. Lo dejó encerrado por unos minutos y al "gracioso" luego lo denunciaron de "privación ilegal de la libertad".
Hizo una broma y encerró en el baño a un cliente: ahora está acusado de secuestro.
El insólito episodio –y su derivación judicial- ocurrió cuando "Pedro Horacio Lara se hallaba abocado a la limpieza del baño de la estación de servicios donde trabaja, en la ciudad de Buenos Aires, y Erick Jamil Zurita Luizaga le pidió permiso para que lo dejara entrar" al baño.
"Así, cuando la víctima quiso salir, notó que la puerta estaba cerrada con llave, oportunidad en la que escuchó al encausado decir 'si querés salir, terminá de limpiar el baño', burlándose, para abrirle a los pocos minutos", relata el fallo, al que tuvo acceso.
La Sala Quinta de la Cámara del Crimen entendió que "se discute si lo narrado encuadra en la figura básica prevista en el artículo 141 o en la agravada del artículo 142 bis del Código Penal".
El artículo 141 determina que "será reprimido con prisión o reclusión de seis meses a tres años; el que ilegalmente privare a otro de su libertad personal", en tanto que el 142 bis dispone que "se impondrá prisión o reclusión de cinco a 15 años, al que sustrajere, retuviere u ocultare a una persona con el fin de obligar a la víctima o a un tercero, a hacer, no hacer, o tolerar algo contra su voluntad".
Los camaristas Mirta López González, Ricardo Pinto y Mauro Divito consideraron que "no se advierte, de momento, de los dichos del denunciante, que el encerramiento que se le endilga a Lara haya sido llevado a cabo con violencia o amenazas, ni con la finalidad coactiva que exige la figura agravada". "La acción aparecería como consecuencia de un enojo y a modo de burla hacia el damnificado, más aún, al haberlo dejado salir en un breve lapso", añadieron.
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