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title: "Le quitó la vida a un sanjuanino de un piedrazo y lo condenaron a tres años de cárcel"
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description: "\"El Judas\" en cuatro años (o menos estará en libertad. Le cambiaron la carátula a un homicidio que cometió este año."
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date_published: "2026-07-24T15:15:00-03:00"
date_modified: "2026-07-24T16:17:22-03:00"
author_name: "Diario Móvil"
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# Le quitó la vida a un sanjuanino de un piedrazo y lo condenaron a tres años de cárcel

![Mario Josué Ríos - El Judas](/download/multimedia.normal.9a7a9a6a9621e854.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

*Mario Josué Ríos - El Judas*

**Mario Josué Ríos**, conocido en el ámbito delictivo como **"El Judas"**, fue condenado mediante un acuerdo de juicio abreviado tras recalificarse la causa por la muerte de **Cristian Andrés Castro**, de **32 años**. Aunque la pena impuesta por este hecho fue de **tres años de prisión** al encuadrarse como homicidio preterintencional, la Justicia terminó fijando un castigo total de **cuatro años de prisión efectiva** al unificar la sentencia con una condena que ya pesaba en su contra, según trascendió.

Los investigadores concluyeron que el imputado actuó con intenciones de agredir pero no de quitarle la vida a la víctima, razón por la cual la calificación penal sufrió un giro determinante. Pese a ello, el impacto de la piedra que arrojó terminó ocasionándole las lesiones mortales. Al tratarse de un homicidio preterintencional, se le aplicó la sanción más alta fijada para dicho delito, la cual posteriormente derivó en el cómputo final de cuatro años tras la unificación de penas.

El trágico suceso se desencadenó durante las primeras horas del **18 de abril** en el **barrio Alameda**, ubicado en el departamento de **Rawson**. En medio de una fuga de la fuerza policial, el acusado irrumpió en un domicilio en el que se encontraban la víctima, su hermano y su pareja. En el momento en que intentaron expulsarlo de la propiedad, se generó un forcejeo que culminó cuando el agresor tomó un proyectil piedra y se lo arrojó directamente a la frente a la víctima.

En un principio, la persona agredida manifestó no sentirse bien pero no buscó asistencia médica de manera inmediata. Su cuadro de salud sufrió una seria descomposición con el correr de las horas, lo que motivó su traslado e internación en el **Hospital Rawson** el **20 de abril**. Allí, los profesionales de la salud le diagnosticaron un traumatismo de cráneo y un derrame cerebral; tras permanecer internado en el área de terapia intensiva, falleció el **27 de abril**.

Trascendió desde el ámbito judicial que la clave para que las partes pactaran el juicio abreviado —sin contar con objeciones por parte de la querella— radicó en que el examen de autopsia no resultó del todo determinante respecto a la causa final del deceso. Si bien el informe ratificaba la gravedad de la herida en la cabeza, también señaló que el paciente había contraído una meningitis bacteriana durante su internación. Esta encrucijada médica abría la puerta a que, en un debate oral y público, la causa derivara en una figura penal aún más leve, como la de lesiones culposas.

Ante ese escenario probatorio, la investigación continuó bajo la figura de homicidio preterintencional. El acuerdo final fue sellado entre los representantes del **Ministerio Público Fiscal** —el fiscal **Francisco Pizarro** y el ayudante fiscal **Maximiliano Gerarduzzi**— y la defensora oficial **Cecilia Mut**, al consensuar que el acusado buscó lastimar pero no matar. Por su parte, la querella, integrada por los abogados **Nicolás Camozzi** y **Cecilia Bianchi**, tampoco presentó oposición al pacto que dio por concluida la causa judicial.

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