RAFAELA-SERVICIO-FLAMANTE-ESTACION-ADELINA_CLAIMA20110403_0106_9 Así surge de un fallo judicial. Mirtha Sisnero había demandado a una empresa de transporte porque la habían discriminado por su condición de género.
La Justicia de Salta determinó que todas las empresas de colectivos del área de la capital provincial deberán tener en su plantel al menos un 30 por ciento de mujeres como choferes. Así lo estableció la Corte Suprema de esa provincia al resolver el cese inmediato de una situación de discriminación de género denunciada en la causa "Sisnero, Mirtha Graciela; Caliva, Lía Verónica vs Ahynarca SA Tadelva y otros".
Mirtha Graciela Sisnero presentó un recurso de amparo contra las concesionarias del servicio público ya que no fueron admitidas como postulantes para ocupar el puesto de choferes por ser mujeres. La justificación que recibieron por parte de las empresas ameritó un proceso legal que desembocó en un largo proceso judicial. Si bien la Cámara Civil de Salta había hecho lugar al planteo de la mujer, la Corte de esa provincia lo revocó y le dio la razón a la empresa. Pero el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que con la firma de Lorenzetti, Highton, Maqueda, Fayt y Petracchi, dejó sin efecto el fallo de la Corte salteña, al considerar que no había respetado los criterios establecidos en la jurisprudencia en materia de cargas probatorias para los casos de discriminación. Ahora, ese tribunal tuvo que dictar un nuevo fallo, y esta vez fue favorable a la mujer.
Se ordenó además que las empresas integrantes del sistema de transporte público de pasajeros presenten por nota, en conjunto, ante la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT), un listado que especifique, de modo unificado, los requisitos técnicos, psicofísicos y de pruebas de conducción que exigen para la admisión de postulantes a integrar sus respectivos planteles de choferes de unidades.
El fallo, difundido por el sitio del diario El Tribuno, indica que en la Región Metropolitana "para contratar choferes de las unidades del transporte público, las empresas deberán remitirse a este listado de postulantes y deberán incorporar dos mujeres por cada hombre, comenzando por mujeres, hasta alcanzar cada una de las empresas progresivamente y como mínimo, un 30 por ciento de mujeres en la composición de su planta de conductores".
La Corte determinó que "toda mujer que desee ser contratada como conductora de ómnibus en el sistema de transporte público de la Región Metropolitana de Transporte y que cumpla con los requisitos vigentes para postularse, deberá inscribir su solicitud" en ese registro.
"En este listado figura en primer lugar Mirtha Gabriela Sisnero por haberse admitido la acción de amparo a su favor, esto sin perjuicio de que ella deberá actualizar la acreditación de los requisitos de idoneidad vigentes para la postulación", se aclaró.
Los requisitos serán conforme a pautas que aseguren igualdad de oportunidades de empleo y un único criterio de selección, excluyente de toda forma de discriminación. Las medidas, que completan también la implementación de capacitación en igualdad de género, regirán hasta tanto se dé lugar a reglamentaciones o leyes que velen porque se cumpla la misma exigencia.
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