Abogada sanjuanina: "La sexualidad no es atenuante en ningún ámbito"

San Juan
JuecesBSAS
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Un fallo de la Cámara de Casación Penal bonaerense dejó al país entero consternado y con razón: se trata de la reducción de la pena a un hombre condenado por abuso sexual a un niño de 6 años, con el argumento de que el niño “tenía orientación homosexual, estaba habituado a que lo abusen y el abuso no fue tan ultrajante”. De terror, impensado.

La asesora letrada de Menores Incapaces en la Provincia, Patricia Sirera, aseguró que “no encuentra sentido común” al fallo de los camaristas bonaerenses.




 

El fallo sin sentido común fue emitido por los jueces Horacio Piombo y Ramón Sal Llargués.

“No encuentro sentido común, el derecho se basa en el sentido común. Cualquier cualidad de la víctima no puede ser usada como atenuante, bajo ningún punto de vista. Y menos si es un niño. Una criatura menor de 13 años debe estar protegida por su inmadurez e incapacidad de discernir”.

Así lo expresó la profesional y reafirmó que las cualidades  no son atenuantes en ningún ámbito, mucho menos la “condición” o elección sexual.  Según la abogada, “no es posible que exista una injusticia tan desmedida, porque se vulneran principios internacionales y esto es gravísimo a todas luces”.

Además, se remitió al Código Penal que establece la tipificación del delito y asume que quien tenga relaciones sexuales con un menor de 13 años debe ser penado, pues se considera abuso sexual. Lo planteado en este caso no es un atenuante, es una injusticia, y más teniendo en cuenta el agravante de que el abusador era profesor de fútbol de la víctima.

“Si el argumento para tener en consideración la aplicación de una sanción es la condición de la víctima me parece carente de sentido común y que crea una sensación de inseguridad pública y jurídica muy grande. No creo que pueda prosperar ese fallo”, expresó Sirera y apuntó que tanto el Fiscal de la causa, la familia como querellante, como el asesor de menores, pueden apelar.
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