Justicia por mano propia: ¿Cuándo es delito y cuándo legítima defensa?

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Entrevista: Radio Sarmiento

La palabra linchamiento es un común en los medios de comunicación. Aunque la “justicia por mano propia” siempre existió, ahora los casos se volvieron mediáticos y cabe hacer algunas aclaraciones al respecto: ¿Cuándo estos casos son legítimos y cuando un delito?

Cuando existe una justicia paralela...

 

El Abogado penalista Adrián Rivero explicó objetivamente la diferencia entre la figura de Legítima Defensa y el famoso “linchamiento”.

En primer término, el abogado destacó que “Legítima defensa se caracteriza porque el medio empleado es proporcional al medio utilizado por el agresor. No es superior el medio al del atacante”.

Es decir, si un presunto ladrón ataca para robar pero no tiene arma, y el atacado se defiende disparando con un revólver, existe una gran desproporción entre los medios utilizados por ambas personas. Por lo tanto, no existe legítima defensa.

¿En qué casos, entonces, la defensa es legítima? Cuando el atacante emplea un medio que genera tal miedo que justifica la reacción de defensa.

“Si él no trae armas y no observamos que presuma que sacará algo, en ese caso no habría tal agresión y temor ante esa situación”, señaló el abogado.

En este caso cualquiera respondería que es sumamente subjetiva la reacción que genere un atacante. Sin embargo, la ley es levemente objetiva.

En caso de encontrar a un sujeto in fraganti, es legítimo que cualquier persona lo tome y recurra a la autoridad policial para que continúe con el proceso lógico, pero eso no significa que sea legítimo golpearlo.

“Si bien el linchamiento es un repudio de la sociedad ante la inseguridad, tampoco puede ser justificado porque obviamente existe una ley, proceso que hay que cumplir. Esos hechos deben ser asegurados por el sistema judicial”, afirmó Rivero.

Otro caso, es cuando el agredido golpea al atacante y este posee un arma blanca, aunque deje lesiones en su cuerpo existe legítima defensa por la desproporción en los medios de ataque.

En los casos de linchamiento corresponde la pena de acuerdo al daño ocasionado. Según el abogado, “si se golpea se comete un delito. Previamente pasó que perdió la vida, ya hay un homicidio y se puede agravar por la alevosía. Cuando lo detuvieron y golpearon hasta matarlo encuadraría en esa figura. Cuando se golpea con saña hasta causar la muerte”.

En caso de homicidio, la pena puede llegar a 30 años de privación de la libertad. Cuando hay lesiones leves, hasta 3 años, y las lesiones graves dependiendo del grado de incapacidad que se provoque a la persona, pueden penarse con 6 u 8 años.

“Me preocupa. Porque como decíamos anteriormente la sociedad tiene un pacto que implica cumplir con las leyes vigentes, estemos de acuerdo o no. Si rompemos ese pacto social terminaremos siendo el hombre lobo del hombre”, sostuvo el abogado penalista, y agregó que “lo que correspondería es que los vecinos lo apresen, y tal vez que lo golpeen, pero tal vez no tanto para causarle daños mayores como la muerte”.

“La única forma de que esta sociedad mejore es hacer cumplir la ley para todos. Tanto para los delincuentes como para quienes los atacan. Es muy importante que las leyes se cumplan y en estos casos se entiende la indignación de la gente pero no conduce a nada una sociedad sin reglas y límites”, concluyó Rivero.

Ante estos nuevos conceptos que se expanden mediáticamente dentro de la sociedad, es preferible tener ojo crítico: La impotencia es de todos, pero mejor aprender a poner paños fríos y pensar, ¿Qué sociedad tenemos y qué sociedad buscamos?
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