
A tres años de la muerte de Lucía Rubiño, la causa espera dos decisiones clave de la Corte
Diario Móvil
Este jueves 15 de octubre se cumplen tres años de la muerte de Lucía Rubiño, la adolescente que falleció tras ser atropellada en un siniestro vial que tuvo una fuerte repercusión en San Juan. A 36 meses del hecho, la causa continúa abierta en dos aspectos fundamentales que deberán ser analizados por la Corte de Justicia provincial.
Los expedientes llegaron al máximo tribunal mediante recursos de casación que cuestionan decisiones adoptadas en instancias judiciales anteriores. Por un lado, la familia de Lucía busca revertir el sobreseimiento de Juan Pablo Echegaray por homicidio culposo. Por otro, el Ministerio Público Fiscal pretende modificar la calificación legal aplicada al conductor que atropelló a la adolescente, identificado como N.M.
En el caso de Echegaray, la Justicia dispuso su sobreseimiento por el delito de homicidio culposo, una resolución que posteriormente fue confirmada en una instancia de revisión. La decisión lo desvinculó de esa imputación, aunque permanece bajo análisis su presunta participación en picadas.
La familia Rubiño rechazó el fallo y, a través de su abogado querellante, Marcelo Fernández, presentó un recurso de casación para que la Corte revise la resolución.
La querella sostiene que Echegaray tuvo una participación relevante en la mecánica del siniestro y considera que existen elementos para mantener abierta la investigación sobre su posible responsabilidad penal en la muerte de Lucía.
El segundo planteo judicial está relacionado con N.M., quien conducía el vehículo que impactó contra la adolescente.
En el juicio realizado en el fuero de menores, el juez Jorge Toro lo declaró responsable del delito de homicidio culposo y le impuso una pena de dos años y cuatro años de inhabilitación para conducir vehículos motorizados.
Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal cuestionó la calificación legal y acudió a la Corte para solicitar que el hecho sea considerado homicidio simple con dolo eventual.
La diferencia entre ambas figuras es central para el futuro del expediente. Mientras el homicidio culposo contempla una muerte ocasionada por imprudencia, negligencia o impericia, el dolo eventual supone que el autor se representó la posibilidad de provocar un resultado fatal y, aun así, continuó con su conducta aceptando ese riesgo.
Según el planteo de la fiscalía, las circunstancias en las que N.M. conducía el vehículo permitirían sostener esta última interpretación, que contempla consecuencias penales más severas.
De esta manera, la Corte de Justicia deberá analizar dos cuestiones distintas: si corresponde mantener el sobreseimiento de Echegaray por homicidio culposo y si la calificación aplicada al conductor que atropelló a Lucía fue jurídicamente correcta.
Las resoluciones que adopte el tribunal serán determinantes para establecer cómo continuará el proceso judicial y qué responsabilidades penales podrán atribuirse a los involucrados.
Durante estos tres años, el caso estuvo acompañado por movilizaciones y reclamos públicos de la familia Rubiño, que cuestionó diferentes decisiones judiciales y sostuvo su pedido de justicia.
A tres años del fallecimiento de Lucía, todavía no se informó una fecha para las resoluciones de la Corte. Mientras tanto, permanecen pendientes los recursos presentados por la querella y el Ministerio Público Fiscal, que podrían modificar el rumbo judicial de la causa.






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