La Corte Suprema abrió el análisis sobre la posible reelección de Gildo Insfrán en Formosa

El máximo tribunal aceptó intervenir en el planteo contra una cláusula de la Constitución provincial que podría permitirle al gobernador competir nuevamente en 2027. Ahora, Formosa tendrá 60 días para responder.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió intervenir en la disputa por la candidatura de Gildo Insfrán a un nuevo período como gobernador de Formosa.

El máximo tribunal tomó el planteo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño, que cuestiona la constitucionalidad de una cláusula transitoria incorporada en la última reforma de la Constitución provincial. Según la oposición, esa disposición permitiría que Insfrán vuelva a presentarse en las elecciones de 2027, al igual que su vicegobernador, Eber Solís.

La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti y, además de aceptar la competencia sobre el caso, ordenó darle traslado de la demanda al Gobierno de Formosa. La provincia contará con 60 días para presentar su respuesta, a través del Fiscal de Estado.

El origen de la controversia se remonta a un fallo de diciembre de 2024. En aquella oportunidad, la Corte declaró inconstitucional el artículo 132 de la Constitución formoseña, que permitía la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador, y ordenó modificar ese esquema mediante una reforma constitucional.

La provincia avanzó posteriormente con la reforma y reemplazó el artículo cuestionado por el actual artículo 156, inspirado en el artículo 90 de la Constitución Nacional, que establece un límite de una reelección consecutiva para los mandatarios.

Sin embargo, la nueva Constitución incorporó una cláusula transitoria que establece que el mandato que se encontraba en curso al momento de la reforma debe contabilizarse como el "primer mandato". La oposición considera que esa disposición abre la puerta para que Insfrán pueda buscar un noveno mandato y Solís un tercero.

El Frente Amplio Formoseño sostiene que la cláusula contradice distintos artículos de la Constitución Nacional y tratados internacionales, además de afectar el principio de alternancia en el poder.

Ahora será la Corte Suprema la que deberá analizar si esa disposición es válida. Si finalmente determina que la cláusula no puede aplicarse, Insfrán no podría competir por otro período en 2027 y debería dejar el cargo tras 32 años al frente de Formosa.

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