afsca El juez platense Luis Arias dictó una medida precautelar mediante la cual ordenó al Ejecutivo que se "abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA)".
Un juez repuso a los directores de la AFSCA y prohibió tomar medidas al interventor.
El juez en lo contencioso administrativo de La Plata, Luis Arias, dictó una medida precautelar mediante la cual ordenó al Ejecutivo nacional que "se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca)".
Arias tomó la decisión judicial tras recibir hoy un planteo del delegado de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) de la Región La Plata, Guillermo Luis Guerín, en la que se solicitaba la "nulidad absoluta" del Decreto N°236/15, que resolvió la intervención de la autoridad de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En este sentido, Arias dictó una medida precautelar en la que ordenó "la prohibición de innovar y de alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual mediante todo acto o reglamento que implique una modificación a cualquiera de las previsiones contenidas en la Ley 26.522".
Al mismo tiempo, el magistrado declaró "la incompetencia de la justicia provincial para dirimir la contienda de autos" y remitió las actuaciones "al juzgado federal competente para su intervención".
Arias dijo Télam que la resolución "afecta todas las medidas que se tomen del 29 de diciembre en adelante (fecha de la presentación del pedido de nulidad)" y señaló que la acción se realizó "en favor del derecho colectivo a la información y la libertad de expresión", al tiempo que explicó que "es una medida preventiva para que no haya nuevo actos que agraven la situación".
En el fallo, al que tuvo acceso esta agencia, el magistrado sostuvo que si bien la materia es competencia de la justicia federal, actúa en las facultades que le otorga "el sistema de control constitucional difuso por el cual todos los jueces están llamados a defender la vigencia irrestricta de la Constitución nacional frente a los embates por parte de las autoridades públicas que detentan el poder político".
"Estas razones fundamentan la posibilidad de los jueces de disponer medidas cautelares aún en causas ajenas a su competencia jurisdiccional, potestad que se encuentra prevista en los ordenamientos procesales, tanto de la Nación como de la provincia de Buenos Aires", graficó.
Por ello, resolvió que "en ejercicio de la competencia transitoria en materia cautelar se dispone –con carácter precautelar- la prohibición de innovar ordenando al Poder Ejecutivo Nacional se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual".
Arias explicó que la medida rige a partir del 29 de diciembre "por lo que además deja sin efecto todas las medidas adoptadas por la Intervención de la Entidad y/o el Poder Ejecutivo Nacional a partir de esa fecha".
La medida precautelar fue dictada en el mismo día que el poder Ejecutivo, a través del jefe de Gabinete Marcos Peña, anunció la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), que absorberá las funciones de la Afsca y de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
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