El proyecto lo presentó el diputado de ACTUAR, Juan Manuel Sansó. A partir de esta norma, las obras sociales y programas de salud deben cubrir la totalidad de los pasajes, medicamentos y estudios de personas trasplantadas y en lista de espera. También deben ser incluidas con un cupo especial en los sorteos de viviendas del IPV.
San Juan adhirió a la ley nacional 26.928 que crea el Sistema de Protección Integral de personas que hayan recibido un trasplante o se encuentren en lista de espera. El proyecto lo presentó el diputado del Bloque ACTUAR, Juan Manuel Sansó, y recibió la sanción en la última sesión de la Legislatura. La norma busca asegurar a las personas trasplantadas la integración familiar y social mediante la atención médica integral, educación en todos sus niveles, seguridad social e inserción laboral.
"Es una lucha de hace muchísimo tiempo por parte de las ONG’s que contienen a los trasplantados, las personas trasplantadas y quienes están en lista de espera. Esta es una ley ejemplo para toda Latinoamérica, que fue sancionada en diciembre de 2013 y a la cual ahora la provincia de San Juan se adhirió", resaltó el Diputado.
A partir de esto es que los beneficiarios recibirán un certificado extendido que les permitirá viajar gratuitamente hacia cualquier destino de corta, media y larga distancia. Esta una ayuda importante ya que los trasplantados o quienes esperan un órgano necesitan realizarse estudios en otras provincias y muchas veces no pueden costearse por sí mismos el viaje.
"Con esta ley, cada vez que deba viajar la persona trasplantada o que esté en lista de espera, la Provincia le debe dar pasajes terrestres o aéreos, según sea el caso, de forma gratuita tanto para el beneficiario como para un acompañante", explicó Sansó.
Además, la norma garantiza que las personas trasplantadas e inscriptas en lista de espera deben tener el 100% de la cobertura en la provisión de medicamentos y estudios diagnósticos por parte de las obras sociales y programas de salud.
La ley promueve programas de empleo instrumentados por el Ministerio de Trabajo o deducciones impositivas a empleadores sobre las retribuciones que abone a trabajadores trasplantados. "Aquella persona que contrate a una persona trasplantada puede deducir el 75% del Impuesto a las Ganancias", añadió el Legislador.
La adhesión a le ley nacional también permite que los trasplantados o en situación de serlo próximamente perciban una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez pagada directamente por la Nación.
Por último, resalta que las personas trasplantadas deben vivir en una vivienda digna y con condiciones higiénicas adecuadas a su estado de salud, por lo que el IPV deberá crear grupos específicos de trasplantados en los próximos sorteos de viviendas construidas por el Estado sanjuanino.
Es de esperar que en los próximos días la aprobación sea publicada en el Boletín Oficial y de esa manera la ley quedará vigente en la provincia.
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