La Cámara Electoral ya fue notificada de la inhabilitación perpetua de Cristina

En un paso clave, el juez Jorge Gorini ya notificó oficialmente a la Cámara Nacional Electoral, ratificando que la expresidenta no podrá ser candidata nunca más y que la sentencia es de cumplimiento inmediato.

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Un hito judicial que resuena en todo el país: la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha confirmado la condena de seis años de prisión y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la emblemática causa Vialidad. Esta decisión, tomada por unanimidad por los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, al rechazar los recursos de queja, convierte la sentencia en efectivo cumplimiento y agota las vías ordinarias de apelación.

Lo crucial de este paso judicial es que el juez Jorge Gorini, presidente del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que llevó adelante el juicio y condenó a Cristina Kirchner el 6 de diciembre de 2022, ya ha notificado oficialmente a la Cámara Nacional Electoral. En un oficio, al que accedió Clarín, Gorini informó el efecto inmediato de la sentencia: la expresidenta no podrá volver a ser candidata nunca más. El documento detalla la imposición de la pena por considerarla "autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública".

La sentencia de la Corte, explicada en un fallo de 27 páginas, fundamenta la inhabilitación de por vida en que los delitos de corrupción "además de socavar los cimientos mismos del Estado de Derecho, afectan seriamente su orden económico y financiero, por lo que, como contracara y al tratarse de un atentado al sistema democrático, surge la necesidad de un trato penal más riguroso". Las instancias judiciales previas ya habían advertido que la función pública "merece ser resguardada de su propia corrupción".

El Código Penal prevé una pena máxima de seis años para el delito de administración fraudulenta. Esta pena recayó sobre la expresidenta debido a su rol como máxima autoridad del Poder Ejecutivo Nacional y al entendimiento de que los beneficios otorgados a Lázaro Báez formaban parte de una "fenomenal maniobra defraudatoria". La Cámara Federal de Casación Penal sostuvo en su confirmación que el móvil de "tan compleja maniobra de corrupción fue el beneficio que de ella obtenía, además de Lázaro Antonio Báez, Cristina Fernández de Kirchner", aludiendo a que "parte del dinero erogado por el Estado tenía como destino final las empresas familiares de la ex presidenta".

El juez Gorini, en su oficio a la Cámara Electoral, subrayó que "toda vez que en el día de la fecha las condenas referidas han adquirido firmeza, incluidas la penas de inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, es que se solicita se sirva tomar razón de todo cuanto aquí se comunica, a sus efectos". Además, indicó que, una vez aprobados los cómputos, se informarán "las fechas de vencimiento y caducidad de las respectivas penas de prisión, a los fines de su correcta registración".

El fallo concluye que los fondos desviados "no se asignan donde corresponderían. Son necesidades sin subsanar, derechos sin atender". El camarista Hornos enfatizó que la corrupción es una "tragedia que favorece a unos pocos y deja por detrás terreno desolado para muchos", un daño provocado por quienes "juraron desempeñar con lealtad y patriotismo el máximo cargo que un ciudadano puede alcanzar en nuestro país". Con esta decisión, la justicia argentina busca sentar un precedente firme en la lucha contra la corrupción y la transparencia institucional.

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