La justicia falla contra los municipios sanjuaninos que querían cobrar tasas en la boleta de luz

La medida obliga a las intendencias a financiar por su cuenta servicios esenciales como el alumbrado público y el mantenimiento de redes eléctricas.

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El Juzgado Federal N° 2, bajo la dirección del juez Leopoldo Rago Gallo, falló de manera significativa contra los municipios de San Juan. La resolución judicial desestimó el recurso presentado por las 19 intendencias de la provincia contra la Resolución N° 267/2024 emitida por la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación. Este dictamen impide que las empresas distribuidoras de energía eléctrica incluyan conceptos no relacionados directamente con el servicio en las facturas.

El fallo, con fecha del 26 de diciembre de 2024, fue notificado primero a la Municipalidad de Rawson, que había solicitado la suspensión provisional de la normativa mientras se evaluaba su posible inconstitucionalidad. La decisión del juez rechazó esa medida, lo que deja en firme la disposición nacional.

La normativa objeto de la disputa establece que las facturas de las distribuidoras de electricidad deben limitarse a reflejar los costos del servicio contratado. Esto excluye conceptos como el Cargo Único Municipal, que hasta ahora incluía tasas destinadas al alumbrado público y el mantenimiento de redes eléctricas. Estas tasas eran previamente cobradas a los usuarios a través de las boletas de servicios de Naturgy y Decsa.

La consecuencia inmediata de este fallo es que los municipios tendrán que cubrir los costos de alumbrado público y mantenimiento de líneas eléctricas con recursos propios. Esto podría generar tensiones en los presupuestos municipales y obligar a las comunas a buscar alternativas para financiar estos servicios esenciales. La notificación a las restantes intendencias está prevista para los próximos días, con resultados esperados similares en todos los casos.

Los intendentes sanjuaninos habían presentado, el pasado 6 de diciembre, un recurso judicial solicitando que se declarara inconstitucional la resolución. También incluyeron medidas cautelares para detener la aplicación de la norma hasta que se completaran los procedimientos administrativos y el tribunal tuviera acceso a toda la documentación relevante. Sin embargo, esta nueva resolución judicial refuerza la vigencia de la normativa nacional y modifica el panorama económico de los gobiernos locales en la provincia.

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