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La justicia no encontró las suficientes pruebas en contra del denunciado, por lo que quedó absuelto de toda culpa. En ese marco, la causa fue desestimada.
En un controvertido caso judicial, F. G. fue absuelto de la acusación de violación contra una amiga en un after, debido a la falta de pruebas que respaldaran la denuncia. La decisión de absolución fue solicitada por la fiscalía, tras considerar que no hubo elementos suficientes para probar los hechos, especialmente en lo que respecta a la violencia o el uso de la fuerza, elementos esenciales en este tipo de casos. El consentimiento fue el tema central del juicio.
Los fiscales Mario Panetta y Verónica Recio concluyeron que no existía evidencia material contundente, más allá de los informes psicológicos. Ante la falta de pruebas claras, ambos fiscales pidieron que se dictara la absolución de F. G., lo que fue aceptado por el juez de Garantías, Sergio López Martí, quien dictó la sentencia liberando al acusado de toda culpa.
La defensa de F. G., encabezada por el abogado Hernán Pascual, sostuvo desde el principio que se trató de una relación sexual consensuada. Pascual también argumentó que el relato de la denunciante, L. C., era ficticio y estaba influenciado por su vínculo sentimental con el acusado.
Aunque el proceso causó un gran malestar a F. G., su defensa ha decidido no tomar represalias legales contra la denunciante, en un intento por poner fin al caso y dejar atrás lo ocurrido.
El incidente tuvo lugar luego de que F. G. y un grupo de amigas, incluida la denunciante, se conocieran en un boliche y decidieran continuar la celebración en la casa del acusado. Sin embargo, el encuentro terminó en conflicto cuando L. C. salió de la casa llorando y acusó a F. G. de violación. A raíz de esta acusación, las amigas de la denunciante reaccionaron con violencia, destrozando la luneta del auto de F. G.
A pesar de estas circunstancias, durante el juicio no se logró demostrar que los hechos ocurrieran tal como fueron denunciados, lo que resultó en la absolución del acusado y el cierre del caso.
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